sábado, 31 de diciembre de 2011


El plan de convivencia en Entre les Murs

En un centro escolar convive un grupo tan heterogéneo de personas que es inevitable que tengan lugar conflictos de convivencia. La convivencia es objetivo formativo en sí mismo y como tal debe ser tratada en el Proyecto Educativo de Centro y en el Reglamento de Régimen Interno, donde se especifican el modelo de convivencia, de relaciones y de trabajo que se aplica en un Centro Educativo. Cada centro escolar elige qué modelo seguir para resolver los conflictos de convivencia que tienen lugar en el mismo, y en el instituto de Entre les Murs se aplica claramente el modelo punitivo.
No conocemos las normas de conducta elaboradas por el equipo directivo del centro, pero las reuniones de profesores nos dejan ver que ni siquiera ellos cumplen las normas del instituto. Siguiendo nuestra normativa sobre la convivencia en los centros, el Artículo 3 de Decreto 15/2007, de 19 de abril sobre las normas de conducta, establece en el punto 4.c) como normas de obligado cumplimiento por parte de los alumnos/as del centro escolar “El mantenimiento de una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros”. Sin embargo, esta norma no se cumple por parte del profesor Marin, que no desconecta su móvil cuando se encuentra en el aula y no considera este dispositivo como un elemento de distracción.
También son de obligado cumplimiento el respeto a la autoridad del Profesor/a, tanto dentro de la clase como en el resto del recinto escolar; el trato correcto hacia los compañeros/as, no permitiéndose, en ningún caso, el ejercicio de violencia física o verbal; la realización de los trabajos que los Profesores manden realizar fuera de las horas de clase. En la clase de Entre les Murs, auque tratan de usted al profesor, los alumnos/as no muestran respeto en su clase, y lo único que el profesor hace al respecto es escribir el incidente en un cuaderno de correspondencia (con la familia del alumno/a) donde informa sobre lo que ha ocurrido en la clase.
Tampoco tenemos información sobre qué faltas son consideradas leves, graves o muy graves y las correspondientes sanciones que deben figurar en el Reglamento de Régimen Interior del centro.
Los profesores comentan en una reunión la posibilidad de instaurar un sistema de puntos para los alumnos (al estilo del carnet por puntos de los coches) y se quitarían puntos por infringir las normas internas del instituto. Cuando consumiesen todos los puntos, tendrían un consejo disciplinario. Piensan en esta medida porque los problemas han aumentado en el instituto y los castigos ya no tienen efecto sobre los alumnos/as. Siguen así un Modelo punitivo, esto es, el conflicto se resuelve mediante la aplicación de una corrección de tipo sancionador, como expedientes, expulsiones o partes. Este modelo parte de la hipótesis de que sancionar disuade al trasgresor/es para que no vuelva a actuar fuera de las normas y al tiempo se disuade a otros para que no actúen de ese modo.
Durante el curso escolar pasado tuvieron doce consejos de disciplina y todos ellos acabaron en la expulsión del alumno/a. Algunos profesores opinan que las expulsiones son inevitables y que están justificadas, pues cuando el alumno/a llega al consejo disciplinario es ya demasiado tarde para que se tome otra medida que no sea la expulsión. Sin embargo el profesor Marin opina que como hay una sanción definitiva (la expulsión) no se pasa por las etapas intermedias. De manera que reconoce que fracasan en esas etapas intermedias que van desde que se producen los conflictos hasta el consejo de disciplina. Las palabras del profesor Marin a este respecto son: “La expulsión es la negación de todo lo que se ha intentado previamente”. Por ejemplo, en el caso de Suleimán, un alumno cuyos profesores piensan que tiene una actitud negativa en clase, que acumula reiteradas ausencias y retrasos, no sabemos si estas faltas están siendo sancionadas (y cómo) pero contribuyen a que en el consejo disciplinario se tome la decisión de expulsarle del centro (parece que es una expulsión definitiva del centro). El motivo por el que se somete a Suleimán a un consejo disciplinario es que golpeara a una compañera con su mochila (aunque fue de forma accidental). Así, se le ha catalogado de violento sin tener en cuenta las circunstancias en que ocurrieron los hechos (circunstancias atenuantes como la falta de intencionalidad), y antes de someterle al consejo ya se le había juzgado por sus faltas anteriores. Tampoco se tienen en cuenta sus circunstancias personales del alumno, un chico cuyo padre enviará a Mali (de donde es originario) si tiene algún problema en la escuela. Su tutor conoce esta circunstancia a través de una alumna e intenta hablar con el director sobre ello para que no le expulsen, pero no se tiene en cuenta este hecho. De acuerdo a nuestra ley, el Artículo 17 del Decreto 15/2007 sobre Criterios para la adopción de sanciones establece en su punto e) Se valorarán la edad, situación y circunstancias personales, familiares y sociales del alumno, y demás factores que pudieran haber incidido en la aparición de las conductas o actos contrarios a las normas establecidas. No se tiene en consideración que la madre del alumno no hable el idioma y en el consejo disciplinario recurren a éste para que traduzca a su madre lo que se está diciendo así como lo que ella quiere decir al consejo. Aunque no entendemos lo que dice la madre, no parece creer lo que dicen sobre su hijo y puede que quisiera advertir a los miembros del consejo lo que el padre del chico hará si le expulsan, pero su hijo simplemente traduce que su madre les pide disculpas en su nombre.
Si el reglamento de convivencia del centro recogiera el Modelo relacional e integrado, el conflicto se resolvería mediante la comunicación directa entre las partes, que mantendrían un diálogo para tratar de llegar a una solución. Este modelo parte de la hipótesis de que reconciliarse con la victima acarrea al agresor un alto coste mental y emocional, lo cual es más disuasorio que el castigo. Para potenciar el diálogo tendrían que contar con un equipo de mediación, que regula el proceso de comunicación entre las partes para que ellas mismas lleguen a un acuerdo satisfactorio. Los mediadores no opinan sobre lo que está mejor o peros, son las partes en conflicto quienes tienen que llegar a un acuerdo. La mediación tiene las siguientes fases:
a)  Presentación del proceso a seguir en la mediación (las partes deben querer colaborar en este proceso y se comprometen a unas normas tales como no insultar o respetar los turnos de palabra).
b) Las partes cuentan el problema. Cada parte expone su versión del conflicto y cómo se sienten al respecto. Es una fase de desahogo.
c)  Los mediadores parafrasean lo que ha dicho cada parte y les piden que se pongan en el lugar del otro para que cada parte sepa como se ha sentido la otra.
d)  Los mediadores preguntan por posibles soluciones para elaborar un acuerdo y para ello se evalúan las mejores opciones propuestas por las partes en conflicto.
e) Finalmente se ponen por escrito las soluciones y se firma. Se hará un seguimiento de lo que se ha establecido por escrito.
A través de las distintas fases de la mediación se promueve la comunicación y el entendimiento entre las partes, evitando así la aplicación del reglamento disciplinario del centro educativo. Asimismo, la comunidad educativa sabe que ante los conflictos se está actuando y además de una forma muy humanizada.

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